sábado, 5 de julio de 2014

Seguro para tiendas (coberturas)

A continuación detallaremos un resumen de coberturas de seguros para tiendas más habituales según los seguros ofrecidos en Seguros para Comercios.

Es aconsejable leer estas coberturas y apalicarlas a nuestro negocio,  para tener muy claro qué necesitamos para nuestra tranquilidad:

- Incendio:
Son las coberturas clásicas de incendio, las cuales incluyen también cobertura por daños de humo, explosión, autoexplosión e implosión
Quedarán cubiertas para daños en nuestras instalaciones y los que se puedan ocasionar a terceros (vecinos, edificio, etc.)

- Derrame o escape accidental de instalaciones automáticas de extinción de incendios:
Aunque la empresa instaladora o de mantenimiento se haga cargo de los daños, la Compañía adelantará la reposición y los trámites.

- Fenómenos atmosféricos:
Incluye cobertura total ante fenómenos atmosféricos, incluyendo daños por caída de rayos, viento, pedrisco y nieve.

- Daños por Agua:
Los daños por agua, tanto de nuestras instalaciones como de terceros son muy frecuentes estadísticamente, es aconsejable cerciorarse de estas coberturas que, aunque clásicas, son muy importantes siempre. Por ese motivo incluimos una completa cobertura por lluvia, inundación y todo daño material ocasionado por agua.

- Actos vandálicos o malintencionados , acciones tumultuarias y huelgas, daños a cerraduras del local:
De este bloque cabe señalar que los daños ocasionados por actos malintencionados y vandálicos son muy numerosos en todo establecimiento abierto al público y es necesario asegurar ese riesgo.
De igual forma los daños en cerraduras nos ocasionaran muchos gastos y problemas si no tenemos esta cobertura cubierta, además del envío de cerrajero urgente.

- Choque o impacto de vehículos , caída de astronaves o aeronaves, ondas sónicas:
Cobertura total e inmediata ante cualquier tipo de imprevistos.

- Roturas de lunas, vidrios, espejos y cristales, rótulos y anuncios luminosos, aparato sanitario y mármoles:
Las roturas que se producen por una actividad diaria son muy superiores a los producidos, por ejemplo, en una vivienda.
El rótulo o rótulos existentes deben estar siempre cubiertos en una póliza de seguro de calidad.
Aclaración: En caso de rotura de cristales, espejos, rótulos, o cualquier parte del mobiliario no tire nunca las partes rotas hasta la visita del perito o el visto bueno por escrito de la Compañía de Seguros.

- Daños eléctricos a las instalaciones fijas del edificio (Local y terceros)

- Gastos de extinción, salvamento, demolición y desescombro, transporte de bienes siniestrados, menoscabo de los   bienes salvados

- Reconstrucción de documentos, desbarre y extracción de lodos

- Pérdida de alquiler y desalojo forzoso:
La perdida del alquiler en caso de que el local quede inutilizable por un siniestro cubierto por la póliza e incluso, dependiendo de la póliza, el alquiler de otro local mientras se efectuan las obras quedará cubierto por el seguro, y haciendo posible la continuación de la actividad.

- Asistencia en comercio:
Garantía imprescindible. Será la Aseguradora quien envíe los profesionales para reparar cualquier daño en el local, lo que ahorrará tiempo en gestiones, siendo muy importante, por ejemplo, el servicio de cerrajeria 24 horas.
Incluso facilitará a estos profesionales para realizar pequeñas reformas en el local, al margen de siniestros, siempre con la garantía de calidad de una Compañía.

- Defensa Jurídica y Reclamación

- Pérdida de beneficios:
Gastos generales permanentes, beneficio bruto e indemnización diaria:
Ya como garantía opcional encontraremos Predida de beneficios en estas 3 opciones, con un capital de indemnización durante la interrupción temporal, total o parcial, de la actividad del establecimiento asegurado por el hecho cubierto por el seguro contratado.

- Responsabilidad Civil:
De explotación, patronal , de productos y trabajos terminados, de trabajos fuera, frente al propietario del edificio/locativa, del inmueble y frente al inquilino:
Dependiendo de la actividad desarrollada la Responsabilidad Civil será una determinada, en algunos Municipios o Comunidades Autónomas obligatoria su contratación, y en todos los casos muy interesante ante cualquier reclamación de la que el empresario y/o propietario sea objeto.

- Robo y expoliación:
Robo, expoliación y desperfectos, robo de existencias en escaparates, robo y desperfectos por robo al continente
Dinero en efectivo dentro de caja fuerte dinero en efectivo fuera de caja fuerte
Expoliación a clientes y empleados, expoliación de cobradores
Infidelidad de empleados, bienes muebles en terraza (Hosteleria) y transporte de mercancías:
Uno de los peligros a los que se expone el comerciante es al robo. Una cobertura correcta hará de estos hechos, menos dañinos para nuestra actividad diaria, incluyendo también los daños por robo o intento de robo.

- Daños a maquinaria/ordenadores/equipos electrónicos/aparatos eléctricos:
Todos los comercios pero especialmente las oficinas deben plantearse si es conveniente dejar completamente cubiertos los equipos informáticos y/o eléctricos ante cualquier imprevisto.

- Deterioro de mercancías en cámaras frigoríficas:
La cobertura para hostelería más usada ante cualquier problema eléctrico y los problemas con los productos alimenticios.

- Daños estéticos al continente:
Al finalizar la reparación de un siniestro es esencial para la continuación del negocio que todo quede igual que antes de producirse el hecho cubierto.

- Instalaciones de energía solar

- Inquilinos en locales alquilados, daños a mobiliarios arrendados, propietarios en locales alquilados y actos de   vandalismo del inquilino:
Coberturas opcionales y específicas también para otras peculiaridades, propietarios de locales en alquiler, empresas que desarrollan su actividad en local arrendado, etc... son muchas posibilidades y cada una necesita su tratamiento específico y su cobertura útil.

- Ampliación de defensa jurídica:
Dependiendo de lo contratado con la Asesoria-Gestoria puede ser conveniente ampliar Defensa Jurídica con la Compañía de Seguros por bajo coste, pero nunca duplicar el servicio jurídico si ya lo tenemos cubierto.