viernes, 29 de junio de 2012

Daños electricos: Cobertura y Exclusiones

Los daños electricos es una parte muy importante del seguro de una empresa, ya que estos siniestros se pueden dar en una nave o local comercial, y siempre hay que estar seguro de lo que se tiene contratado.

Por regla general son riesgos cubiertos:

• Daños y pérdidas materiales directos, ocasionados en las instalaciones y aparatos eléctricos,
ordenadores y equipos informáticos, así como en la maquinaria eléctrica de distribución y
transformación de energía, causados por corrientes anormales, cortocircuitos o propia combustión,
y siempre que no se produzca incendio.

Es importante conocer también las exclusiones, que podemos ver en las Condiciones Particulares del seguro de empresa, serán por regla general:

• Los daños o pérdidas a consecuencia de la utilización del bien asegurado, después de un
siniestro, antes de que haya terminado la reparación definitiva.
• Los daños o pérdidas debidos a defectos o vicios ya existentes al contratar el seguro, así como
el desgaste o deterioro paulatino, como consecuencia del uso o funcionamiento normal.
• Daños que puedan quedar amparados por un contrato de mantenimiento o bajo garantía legal o
contractual del fabricante o proveedor.
• Daños originados por no cumplir las instalaciones con las normas legales vigentes.
• Defectos estéticos que no afecten al funcionamiento del aparato.
• Las bombillas, lámparas, fluorescentes, neones y sus elementos.
• Los daños ocasionados por operaciones de mantenimiento o errores de manejo.
• Los daños a consecuencia de ensayos o pruebas en las que se someta a la maquina a un
esfuerzo superior al normal.
• Fallos en el suministro de energía.
• Cualquier daño cuya causa no tenga un carácter súbito y accidental.


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